condenó a una Asesoría Fiscal a abonar a su cliente –una empresa- una cantidad cercana a 7.000 € como consecuencia de varias sanciones que la Agencia Tributaria impuso a la empresa por varios errores: dejar de ingresar en plazo; declarar incorrectamente la renta neta o no acreditar de forma correcta cuotas de IVA a compensar.

COMENTARIO: Cuando contratamos a un profesional para la prestación de un servicio (asesores, médicos, ingenieros, abogados, procuradores…), pagamos para que lleve a cabo la encomienda conforme al estándar de diligencia propia de la profesión de que se trate. Es decir, no podemos exigir al profesional (médico, abogado, asesor) que garantice un resultado concreto, pero sí que realice su trabajo con la diligencia exigible según los conocimientos que el desempeño de su profesión obliga a tener.

Si finalmente el resultado no es que el buscábamos, pero el profesional ha realizado su trabajo conforme dichas normas, nada se le podrá reprochar. En el caso comentado la Asesoría Fiscal no hizo su trabajo adecuadamente, pues no llevó a ingresar los impuestos en el plazo legal, se confundió al calcular unas bases tributarias y desgravó IVA sin poder hacerlo. Como tales errores son consecuencia de una mala aplicación de la normativa Tributaria, debe por ello responder el profesional que fue contratado, precisamente, para que aplicara su especial conocimiento en las declaraciones.